Ampara las perdidas y/o daños de los bienes asegurados, contenidos dentro del establecimiento o residencia, que sean consecuencia directa de sustracción cometida con violencia, y los daños que se causen a los establecimientos o residencias, excepción hecha de sus vidrios o cristales.
AMPARO BÁSICO
Sustracción con violencia.
AMPAROS ADICIONALES
Sustracción sin violencia.
Todo riesgo.
Daños a inmuebles deshabitados.
Objetos de metal o piedras preciosas en vitrinas exteriores.